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Primera resolución sobre protección de defensoras de los derechos humanos es adoptada en la ONU en medio de fuerte oposición conservadora a derechos ya convenidos

NOTAS DE LOS VIERNES: El 27 de noviembre de 2013, la Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) adoptó la primera resolución sobre las defensoras de los derechos humanos. Sin embargo, este progreso para proteger a quienes enfrentan riesgos y ataques por lo que son y por su trabajo dedicado a promover los derechos humanos de las mujeres fue acompañado de una fuerte oposición de gobiernos conservadores y una continua interferencia de la Santa Sede, lo cual menoscabó un lenguaje crucial.

Por Susan Tolmay y Marisa Viana

Hoy día hay cada vez más conciencia en torno a los riesgos, discriminación y violaciones que específicamente enfrentan defensores de los derechos humanos y en particular las defensoras de los derechos humanos (WHRD) por parte de agentes tanto estatales como no estatales. Tales riesgos y discriminaciones suelen justificarse sobre la base de normas sociales, costumbres, la religión o la tradición. En 1999, la Asamblea General de la ONU adoptó la Declaración de los defensores de los derechos humanos, que afirma: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”. En 2000, el Secretario General de la ONU estableció el mandato para una Relatora Especial sobre la Situación de los Defensores de los Derechos Humanos con el fin de apoyar la implementación de dicha Declaración, así como recabar información sobre la situación real de defensoras y defensores de los derechos humanos en todo el mundo.

En 2010, Margaret Sekaggya, la Relatora Especial sobre la Situación de los Defensores de los Derechos Humanos, presentó al Consejo de Derechos Humanos su tercer informe, el primero que se centró exclusivamente en la situación de las WHRD y de quienes trabajan en torno a los derechos de las mujeres o las cuestiones de género, planteando la necesidad de afrontar las violaciones específicas contra ellas, así como la gravedad de las mismas, y de protección específica por su condición de mujeres. Sekaggya expresó preocupación sobre los riesgos extraordinarios que enfrentan las WHRD y quienes se dedican a los derechos de las mujeres y los asuntos de género debido a su trabajo, incluyendo arrestos, maltrato, tortura, criminalización, sentencias ilícitas, ataques, amenazas de muerte y de otra índole, asesinatos, agresiones sexuales y violación sexual. La Relatora reportó que también parientes de las WHRD suelen ser objeto de agresiones y amenazas.

El 27 de noviembre de 2013, al final del periodo de sesiones de la Tercera Comisión de la Asamblea General de la ONU, por primera vez en la historia se adoptó una resolución sobre las WHRD denominada ‘Promoción de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos: protección de las defensoras de los derechos humanos’.

La resolución, presentada por Noruega y copatrocinada por 35 Estados, reconoce los riesgos, la discriminación y violencia que específicamente enfrentan las defensoras de los derechos humanos (WHRD). Este documento histórico exhorta a los Estados a adoptar políticas y programas concretos, sensibles al género, para la protección de las WHRD y asegurar su participación efectiva en el diseño e implementación de medidas dirigidas a su protección. Además, la resolución insta a los Estados a garantizar la protección ante todo acto de intimidación o represalia contra las defensoras de los derechos humanos que cooperen con instituciones internacionales, y garantizar también el acceso sin trabas y las comunicaciones con los mecanismos regionales e internacionales de derechos humanos.

Fuerte oposición conservadora a los derechos humanos de las mujeres

En marzo de este año, las WHRD fueron reconocidas por primera vez en el lenguaje de las Conclusiones Convenidas de la 57a. Sesión de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer(CSW 57), específicamente requiriendo a los Estados: “Apoyar y proteger a todos aquellos que se afanan por eliminar la violencia contra las mujeres, incluidos los defensores de los derechos humanos de las mujeres en ese sentido, que se ven particularmente expuestos al riesgo de violencia”.

Al igual que en la CSW 57, las negociaciones en la Tercera Comisión de la Asamblea General de la ONU fueron acaloradas y tensas, con varios países de África, Asia y Oriente Medio resistiéndose a reconocer que la violencia contra las WHRD está directamente vinculada a su condición de mujeres y al trabajo que desempeñan para proteger los derechos de las mujeres, incluyendo la salud y los derechos sexuales y reproductivos, y a amplias violaciones en función del género. Esta resistencia también fue fuertemente influenciada por la presencia muy manifiesta de la Santa Sede como observadora permanente en la ONU, que pugnó por que la definición de género se refiriera claramente a hombres y mujeres. El Grupo Africano, China, Rusia, Qatar, Kuwait, Irán, Iraq, Yemen, Arabia Saudita y Singapur presentaron oficialmente doce enmiendas escritas, intentando debilitar la resolución. Éstas incluyeron la exhortativa de eliminar el párrafo de definición, específicamente la mención de la igualdad entre los géneros, y la introducción de la frase ‘universalmente reconocidos’ después de ‘los derechos humanos y las libertades fundamentales’. Este calificador de los derechos humanos limitaría el ámbito de protección para WHRD cuyo trabajo abarca todos los derechos humanos, incluidos los derechos sexuales o asuntos relacionados con la orientación sexual y la identidad de género, que no han sido universalmente reconocidos.

Desde el inicio hubo resistencia a los derechos sexuales y reproductivos: países del Grupo Africano, Asia y Oriente Medio aseveraron que el párrafo referido a la salud y los derechos sexuales y reproductivos estaba fuera de contexto y era irrelevante para los debates. Pese a los intentos de Noruega, Panamá y la Unión Europea de conservar el lenguaje y hacer conexiones adicionales a su pertinencia para proteger a WHRD que enfrentan mayores riesgos y violaciones debido a su trabajo en torno a estos asuntos, no se llegó a un consenso sobre el párrafo y éste fue eliminado de la resolución final. El hecho de no reconocer los abusos, la violencia y los elevados riesgos que las WHRD afrontan es una clara evidencia de no querer defender derechos reconocidos ya desde hace 18 años y que fueron reiterados en el informe de 2010 de la Relatora Especial sobre la Situación de los Defensores de los Derechos Humanos, donde ella subrayó: “Los titulares del mandato han reiterado en diversas ocasiones que las defensoras corren mayor riesgo de sufrir determinados tipos de violencia y otras violaciones, perjuicios y formas de exclusión y rechazo que sus colegas varones. Ello suele deberse a que se considera que las defensoras cuestionan unas normas socioculturales, tradiciones, percepciones y estereotipos aceptados acerca de la femineidad, la orientación sexual y el papel y la condición de la mujer en la sociedad”.[i]

Después de duras negociaciones y una fuerte oposición a la resolución propuesta hasta el último minuto, los Estados llegaron al consenso a costa de un párrafo crucial cuyo lenguaje los instaba a condenar todas las formas de violencia contra las mujeres y las WHRD y a abstenerse de invocar cualquier costumbre, tradición o consideración religiosa para evadir sus obligaciones en cuanto a eliminar la violencia contra las mujeres. Anteriormente, ese lenguaje había sido convenido por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 67/144: Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer. Los Estados que se opusieron a la versión preliminar de la resolución y presentaron las enmiendas por escrito exigieron que se eliminara este importante párrafo a cambio de retirar sus enmiendas. Tal concesión, sin embargo, condujo a que miembros de la Unión Europea decidieran no copatrocinar la resolución.

Un importante paso adelante

No obstante, pese a los retos, la resolución es un importante avance que hace recomendaciones concretas sobre remedios específicos que los Estados deben establecer para propiciar el trabajo de las WHRD y de quienes defienden los derechos humanos de las mujeres, a fin de que puedan desempeñar su trabajo con seguridad y libres de intimidación, violencia y ataques.

Cabe señalar el importante paso hacia una definición común de las WHRD, a saber: ‘mujeres de todas las edades que se dedican a promover y defender todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, y todas las personas que se dedican a defender los derechos de la mujer y a las cuestiones relacionadas con la igualdad entre los géneros, denominadas defensoras de los derechos humanos en la presente resolución, en forma individual y en colaboración con otras’. Aunque esta definición se limita a la igualdad de género en vez de referirse más ampliamente a las cuestiones de género y asuntos sobre la sexualidad, sí hace un reconocimiento común de todas las mujeres que trabajan para defender los derechos humanos, así como de todas las personas que defienden los derechos humanos de las mujeres y los derechos relacionados con el género.

De manera relevante, la resolución exhorta a los Estados a asegurar que sin dilación comparezcan ante la justicia los responsables de violaciones y abusos, incluyendo violencia por razón de género, violaciones y discriminación contra las WHRD, lo cual incluye violencia y amenazas cometidas por agentes estatales y no estatales. La resolución subraya “la persistencia de la impunidad de las violaciones y los abusos de los derechos de las defensoras de los derechos humanos debido a factores como la falta de denuncias, de documentación, de investigación y de acceso a la justicia, los obstáculos y las restricciones sociales con respecto al tratamiento del problema que representa la violencia por razón de género, como la violencia sexual y la difamación que pueden derivarse de esas violaciones y abusos, y la falta de reconocimiento del legítimo papel de las defensoras de los derechos humanos, todos los cuales afianzan o institucionalizan la discriminación por razón de género”.

Las WHRD sufren violaciones y abusos sistemáticos de sus derechos humanos, y las desigualdades históricas y estructurales en las relaciones de poder, además de la discriminación contra las mujeres, tienen un impacto directo en cómo ellas, incluidas las WHRD, son tratadas y percibidas. Es por ello que la resolución insta a los Estados a adoptar medidas apropiadas para la realización de la igualdad entre los géneros y la eliminación de los estereotipos de género, actitudes dañinas y prácticas discriminatorias “que son la causa subyacente de la violencia contra la mujer, incluidas las defensoras de los derechos humanos, y que la perpetúan”.

Durante las largas negociaciones, organizaciones de la sociedad civil de todo el mundo, movilizándose a nivel nacional e internacional y a través de medios sociales, ejercieron presión sobre los Estados para que cumplan su compromiso hacia las WHRD. Una carta de grupos de la sociedad civil en África llegó a capitales de Estados africanos y misiones africanas en la ONU pidiendo apoyo a la resolución. Ganadoras del Premio Nobel de la Paz y miembras del Consejo de Ancianos/as enviaron cartas exhortando a los gobiernos a respaldar la protección de las WHRD apoyando una resolución fuerte. Y en la última semana crucial de las negociaciones, personas y organizaciones de todo el mundo se mantuvieron activas por medio de Twitter exigiendo que la resolución fuera adoptada sin menoscabar los derechos humanos. Esta ola de apoyo a una resolución que pide medidas concretas para la protección de las WHRD da fe de la importancia del trabajo que ellas realizan en todo el mundo; también es un mensaje a los Estados y representantes gubernamentales de que deben cumplir sus funciones en cuanto a proteger, promover y realizar los derechos humanos.

Ahora será vital trabajar para asegurar que los Estados no den marcha atrás en los compromisos contraídos a nivel internacional y rápidamente establezcan medidas hacia la plena implementación de esta relevante resolución.

[i] (A/HRC/16/44, para.23)

Fuente: Notas de los Viernes de AWID, 6 de diciembre de 2013. Título original: First Resolution On Protecting Women Human Rights Defenders Adopted at the UN Amid Strong Conservative Opposition To Already Agreed Rights. Traducción: Laura E. Asturias

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Análisis
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Global
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AWID