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Implementando la Declaración de París

Implicaciones para la promoción de los Derechos de las Mujeres y la Equidad de Género. Enero, 2008

Por Cecilia Alemany, Nerea Craviotto, Fernanda Hopenhaym con la colaboración de Ana Lidia Fernández-Layos, Cindy Clark and Sarah Rosenhek.

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La Declaración de París sobre Eficacia de la Ayuda (en adelante, DP) pretende reformar la distribución y gestión de la ayuda. El objetivo principal de la eficacia de la ayuda se estructura en torno a la reducción de la pobreza y la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). Se considera a la DP como una iniciativa única en el sentido en que establece principios con el objeto de redefinir las relaciones entre donantes y países receptores de ayuda. Las implicaciones prácticas de estos compromisos suponen un cambio en los mecanismos o “modalidades” de canalización de la ayuda.

A pesar de las transformaciones sobre cómo se distribuye la ayuda a los gobiernos socios, las organizaciones de la sociedad civil (en adelante, OSC) sostienen que la Declaración de París supone un marco injusto y desigual para la comprensión y la implementación de la agenda de la eficacia de la ayuda. Entre otros aspectos, la Declaración de París es ciega al género, y como resultado, deficiente en cuestiones fundamentales.

Un análisis de los cinco principios de la DP muestran las siguientes preocupaciones:

  • Apropiación: La apropiación de los programas de desarrollo por parte de los países receptores no debería ser reducido a la apropiación “gubernamental”. Debería involucrarse a la ciudadanía, incluyendo a las organizaciones de mujeres, en la formulación y realización de políticas y programas de desarrollo.
  • Alineación: Como donantes, “alinear” la ayuda con los presupuestos nacionales y canalizar la ayuda, principalmente de gobierno a gobierno, si la equidad de género no es una prioridad nacional explícita (y no lo es en la mayoría de los casos), ¿supondrá, a su vez, que la equidad de género será totalmente excluida de las agendas de los países donantes?. Además, existe el riesgo de que disminuyan los recursos dirigidos a apoyar el trabajo de las OSC, y de manera particular de las organizaciones de mujeres.
  • Armonización: Es fácil ver cómo la “armonización” de las políticas de los países donantes puede llevar a un refuerzo de las condicionalidades como, por ejemplo, la imposición de determinadas políticas económicas y comerciales. Existe, asimismo, el riesgo de que la armonización resulte en un “estrechamiento” del marco de la ayuda (basado en las políticas del donante menos progresista) y, por ende, en una reducción de la agenda del desarrollo.
  • Gestión orientada a resultados: Los principios basados en los derechos humanos y los derechos de las mujeres, así como las obligaciones legales de los donantes y los gobiernos deberían ser utilizados para determinar la eficacia de las políticas y los enfoques, particularmente su impacto sobre grupos vulnerables.
  • Mutua Responsabilidad: El principio de mutua responsabilidad, donde los países donantes y receptores y la ciudadanía son capaces de apoyarse mutuamente con el fin de cumplir sus compromisos de desarrollo sólo puede ser posible en aquellos lugares donde existen una sociedad civil y organizaciones de mujeres fuertes, independientes y bien dotadas.
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