Paraguay: A Favor De La Igualdad
Una ley contra toda forma de discriminación no garantiza que las injusticias dejen de cometerse. Pero sí asegura protección a los colectivos más vulnerables y penas para quienes se olvidan de los derechos humanos, aseguran sus partidarios.
Por Patricia Benítez
Si en Paraguay existiera una ley contra toda forma de discriminación, estaría prohibido negar el ingreso, expulsar o aplicar sanciones disciplinarias a cualquier estudiante por causa de embarazo, orientación sexual o identidad de género. Tampoco sería legal obligar a una persona a someterse a un tratamiento médico o psicológico con el fin de alterar o modificar su orientación sexual. De igual manera, sería delito negar u obstruir el ingreso a cualquier servicio público o institución privada que preste servicios al público, así como limitar el acceso y libre desplazamiento.
Negar atención al ciudadano monolingüe (en castellano o guaraní) o a quien requiera un medio de comunicación alternativo en virtud de una discapacidad auditiva o visual no solo sería inaceptable, sino que además sería penado.
Injusticias como estas estarían prohibidas si, como en el resto de los países del Mercosur, Paraguay contara con una ley que reglamentara lo ya establecido en el artículo 46 de la Constitución Nacional de 1992: "Todos los habitantes del Paraguay son iguales en dignidad y derechos. No se admiten discriminaciones. El Estado removerá los obstáculos e impedirá los factores que las mantengan o las propicien. Las protecciones que se establezcan sobre desigualdades injustas no serán consideradas como factores discriminatorios, sino igualitarios".
Pese al trabajo de organizaciones sociales que de forma participativa colaboraron en la elaboración del proyecto de Ley contra toda forma de discriminación desde el año 2004, aún no existe dicha legislación.
"El proyecto de ley fue remitido a cuatro comisiones de la Cámara de Senadores: Derechos Humanos, Asuntos Constitucionales, Legislación y Equidad y Género. Excepto la propuesta en solitario por la aprobación de la senadora Mirtha Vergara durante el periodo parlamentario anterior, no tenemos ningún dictamen. Estamos insistiendo con las diferentes comisiones, ya que es la única manera de empezar a pensar en el tratamiento en la plenaria", explica la abogada Mirta Moragas, coordinadora general de la Red contra toda forma de discriminación, grupo formado en el 200
7.
En la actualidad, más de 20 organizaciones integran esta Red. "Trabajamos no sólo para que el Parlamento apruebe el proyecto de ley, sino también para concienciar a la gente sobre lo dañina que es la discriminación en nuestra sociedad, además de ser una violación de derechos humanos", dice Mirta, quien ratifica que "una sociedad justa solo puede construirse si ninguna persona es discriminada por ser mujer, indígena, discapacitada, monolingüe guaraní ni cualquier otra causa que le impida ser sujeta de derecho y que de ninguna manera puede haber ciudadanos/as de primera ni de segunda".
Los más vulnerables
En Paraguay existen varios colectivos profundamente discriminados, entre ellos, los grupos que integran la Red: organizaciones de personas con discapacidad, mujeres, afrodescendienes, GLTB (gay, lésbico, transexual y bisexual), asegura Mirta, para quien todos estos grupos son discriminados por igual, si bien hay ocasiones en que las discriminaciones se cruzan y superponen, agravando la situación de discriminación ya existente.
"Por ejemplo, no es lo mismo ser una mujer blanca que afrodescendiente. Y si a esto le sumamos otras condiciones, como ser mujer afro, discapacitada, monolingüe guaraní, lesbiana, las distintas discriminaciones se potencian", señala.
Con relación a denuncias sobre discriminaciones, señala Mirta que al no estar reglamentado el artículo 46 de la Constitución, no existe un instrumento que señale cuáles son los motivos por los cuales está prohibido discriminar. Igualmente, tampoco existen mecanismos de sanción y reparación de las discriminaciones. Si la ley se aprobara no solo se podría hacer una denuncia, sino que esta sería tipificada como delito y penada hasta con dos años de cárcel o multa. Sería delito toda distinción, restricción o preferencia que se establezca por motivos de raza, color, linaje, origen nacional o étnico, idioma, religión, opinión política, origen social, posición económica, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, estado civil, discapacidad o aspecto físico, entre otras desigualdades.



